La Sala IV ha desestimado la impugnación presentada por la Asociación Bancaria Costarricense en relación con la solicitud de datos personales no anonimizados de los deudores por parte del Banco Central (BCCR) a la Superintendencia General de Instituciones Financieras (Sugef).
Esta resolución, que fue respaldada por seis de los siete magistrados que conforman la instancia, significa que el Banco Central podrá seguir adelante con su intención de obtener información completa sobre todas las transacciones de crédito realizadas por las entidades financieras supervisadas, incluyendo datos de identificación.
Se trata de información condidencial de los clientes.
Los bancos expresaron desacuerdo con la
decisión de la junta directiva del Banco Central de acceder a esta información sin el proceso de anonimización, argumentando que esta acción vulneraba la privacidad de los ciudadanos en relación con sus operaciones bancarias y su situación financiera.
Mario Gómez, asesor jurídico de la Asociación Bancaria Costarricense, enfatizó que dicha información es de carácter confidencial y no debe ser compartida sin el consentimiento informado de los afectados, una orden judicial o una normativa especial.
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