Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) aclaró al Poder Ejecutivo el alcance del artículo 142 del Código Electoral sobre material audiovisual.
Indicó que pueden atenderse consultas periodísticas con videos, siempre que se limiten estrictamente a responder la pregunta formulada por los medios.
Los magistrados enfatizaron que dichos contenidos no deben incluir mensajes que exalten logros institucionales ni destacar méritos de jerarcas gubernamentales.
El TSE autorizó también la presentación de videos en conferencias cuando sean indispensables, técnicos o científicos, vinculados a servicios esenciales o emergencias.
Sin embargo, advirtió que en ningún caso estos materiales pueden contener elementos propagandísticos ni favorecer gestiones políticas del gobierno.
El pronunciamiento respondió a una consulta del ministro de Comunicación, Arnold Zamora Miranda, y consta en resoluciones 7064-E8-2025 y 7163-E8-2025.
El tribunal recordó que los funcionarios serán responsables de evitar que estos materiales se utilicen para incumplir las normas electorales vigentes.
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