Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA
A partir del primero de enero, los trabajadores independientes podrán deducir hasta veinticinco por ciento de ingresos sin comprobantes tributarios.
La reforma incluye a personas que ofrecen servicios personales sin relación laboral, como carpinteros, estilistas, fontaneros, agentes vendedores y comisionistas.
Fuentes del Colegio de Contadores Públicos explicaron que la normativa habilita dos modalidades distintas para declarar, y pagar el impuesto sobre la renta.
La primera opción permite deducir gastos necesarios y pertinentes, siempre respaldados con comprobantes válidos conforme normas tributarias vigentes.
La segunda alternativa autoriza una deducción única del 25% de ingresos brutos, sin exigir documentación de respaldo fiscal.
Ambas alternativas son excluyentes y el contribuyente deberá elegir solo una al presentar declaración anual.






