Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA
Las sociedades inactivas, asociaciones solidaristas y organizaciones sin fines de lucro deben cumplir obligaciones tributarias antes del 30 de abril para evitar sanciones; las multas por incumplimiento pueden oscilar entre ¢1.386.600 y ¢46.220.000, según lo establecido por la normativa vigente.
Uno de los principales requisitos es la presentación de la declaración informativa D-272, incluso si no existen actividades lucrativas.
Este reporte debe incluir activos, pasivos, capital, bienes, cuentas bancarias, inversiones y deudas mediante la plataforma digital TRIBU-CR.
Además, ese mismo día vence el plazo para presentar el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, obligatorio para diversas entidades.
Este registro exige detallar la estructura de control y las personas que poseen o controlan cada organización.
El Colegio de Contadores Públicos recomendó mantener registros contables actualizados para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones fiscales.
Advirtió que el incumplimiento puede generar sanciones económicas y limitar trámites como certificaciones ante el Registro Nacional.
También indicó que el proceso requiere firma digital o el acompañamiento de un contador autorizado.
Durante abril, la entidad desarrollará acciones informativas para orientar a los contribuyentes sobre estos procesos y evitar incumplimientos.
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