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viernes, mayo 1, 2026
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Plazo para pagar el impuesto a personas jurídicas vence el 31 de enero

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Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA

Las entidades jurídicas inscritas, tienen hasta el viernes 31 de enero para cancelar el impuesto anual sin incurrir en recargos, comunicó el Ministerio de Hacienda.

El tributo aplica a sociedades mercantiles, sucursales extranjeras y empresas individuales inscritas en el Registro Nacional hasta enero de 2025.

Están exentas las micro y pequeñas empresas registradas en el Ministerio de Economía, y los productores agropecuarios inscritos en Agricultura.

El monto a pagar depende del salario base vigente, fijado en ¢462.200, y varía según los ingresos y características de la sociedad.

Las sociedades inactivas deben cancelar ¢69.330, equivalente al 15% del salario base, al no realizar actividades lucrativas.

Sociedades con ingresos inferiores a ¢55.464.000 deben pagar ¢115.550, mientras las de ingresos mayores a ¢129.416.000 cancelan ¢231.100.

El pago se realiza mediante Débito en Tiempo Real en la ATV, plataformas bancarias o ventanillas, usando el número de identificación jurídica.

La falta de pago implica intereses, multas y restricciones como la imposibilidad de inscribir documentos en el Registro Nacional.

Las sociedades morosas durante tres años enfrentan la disolución y posibles procesos de liquidación de activos para saldar deudas pendientes.


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