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jueves, octubre 22, 2026
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Contadores consideran excesiva multa por no registrar Sinpe Móvil ante Hacienda

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Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA 

El Colegio de Contadores Públicos considera elevada la sanción que enfrentarían los contribuyentes, que no registren ante Hacienda los números de Sinpe Móvil utilizados comercialmente.

La multa establecida puede alcanzar 2% de los ingresos brutos del período anterior, con límites que oscilan entre aproximadamente ¢1,3 millones y ¢46 millones; actualmente, la sanción por incumplimientos relacionados con el Registro Único Tributario equivale a medio salario base por mes de atraso.

La organización propuso aplicar el artículo 78 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, que establece sanciones menores para determinados incumplimientos formales, en lugar del mecanismo previsto para quienes no actualicen la información requerida.

El registro de los números utilizados en actividades económicas será obligatorio para los contribuyentes inscritos dentro de los 12 meses posteriores a la entrada en vigencia de la resolución general que emita el Ministerio de Hacienda.

La Administración Tributaria dispone además de tres meses para adecuar sus formularios del Registro Único Tributario y establecer los procedimientos necesarios para realizar el trámite.

La nueva obligación busca identificar los números de Sinpe Móvil utilizados para recibir pagos vinculados con actividades comerciales y mejorar la trazabilidad tributaria.


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