Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA
Una mujer demandó a su exesposo, por donar a su madre una casa, adquirida durante el matrimonio, alegando simulación y falta de consentimiento.
La demandante afirmó, que el bien fue traspasado en secreto, cinco años antes de la separación, sin su conocimiento ni aprobación.
Argumentó que la donación fue una maniobra, para evitar que la propiedad fuera declarada bien ganancial en el proceso de divorcio.
El Juzgado de Familia de Heredia, rechazó la demanda al considerar que el esposo tenía libre disposición sobre la propiedad.
El inmueble, ubicado en Heredia, fue adquirido en 1995 mediante un préstamo hipotecario, gestionado conjuntamente por la pareja.
Sin embargo, al momento de la inscripción, la vivienda quedó registrada únicamente a nombre del esposo, quien la donó en 2008.
La mujer alegó que se enteró del traspaso al firmar el convenio de divorcio en 2013, al no haber bienes que repartir.
El tribunal concluyó que no existían pruebas suficientes para demostrar simulación o mala fe en el traspaso realizado en 2008.
La mujer apeló el fallo, alegando contradicciones y falta de análisis sobre la simulación, pero su recurso fue desestimado.
Se estableció que el esposo actuó conforme a su derecho de libre disposición al donar el bien durante una relación sólida.
La Sala enfatizó que, de haber estado registrada a nombre de la esposa, ella también hubiera tenido libre disposición del inmueble.
Asimismo, descartó que el caso constituyera violencia patrimonial o violación al principio de igualdad de los cónyuges.
____