Los magistrados de la Sala IV declararon sin lugar un recurso de amparo, interpuesto por la Fundación Omar Dengo, contra el Ministerio de Educación (MEP), debido a que su alegato es de orden legal y no constitucional.
La iniciativa fue planteada ante los jueces a raíz de la decisión del MEP y del Consejo Superior de Educación (CSE), de no renovar el convenio de cooperación que -desde hace 35 años- sostenían esas instituciones con la Omar Dengo.
Desde 1988 esta organización tenía a su cargo la enseñanza de informática en las escuelas; pero el gobierno decidió suspender ese acuerdo y desarrollar otro programa, a partir del año 2024.
“Antes que una situación de tutela de derechos fundamentales, en realidad se está ante una materia de control de legalidad de actuaciones estatales, tales discusiones son competencia de la sede ordinaria”, arguyeron los altos jueces.
Según datos del MEP, la Omar Dengo -en dos décadas- recibió ¢227 mil millones para la ejecución de ese programa; y pagaban más de ¢24 mil millones anuales en docentes y asesores.
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