Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA
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La Sala Constitucional determinó que Stephan Brunner, en su puesto de vicepresidente, carecía de competencia legal para destituir a la Junta Directiva del Banco Nacional.
El exfuncionario tomó la decisión el 28 de mayo de 2025, tras un procedimiento administrativo contra los directivos de la entidad.
Los magistrados concluyeron que la actuación violentó la autonomía institucional, y los derechos constitucionales de los miembros destituidos ilegalmente.
El fallo establece que existió una violación al debido proceso por incompetencia del funcionario, que ejecutó la destitución cuestionada.
Según la ley ,únicamente el Consejo de Gobierno puede remover a directivos de bancos estatales bajo condiciones específicas establecidas.
Además, se requiere criterio previo de la Superintendencia General de Entidades Financieras, requisito que no fue cumplido en este caso.
El informe de la Sugef no descartó irregularidades en el nombramiento de la gerente general del Banco Nacional.
También indicó que la designación de la jerarca, se ajustó a los procedimientos internos establecidos por la normativa vigente.
La Sala concluyó que el procedimiento no podía derivar en la destitución sin cumplir requisitos legales exigidos por el ordenamiento jurídico.
Asimismo los magistrados señalaron que la acción buscaba tomar el control de la entidad bancaria estatal costarricense.
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