Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA
La Sala Constitucional anuló un decreto de Rodrigo Chaves, que derogaba las tarifas mínimas obligatorias, para el pago de honorarios por servicios del Colegio de Contadores Públicos.
En la resolución, los magistrados declararon con lugar la acción de inconstitucionalidad presentada contra el decreto, establecido en septiembre de 2022.
Este permitía a los contadores utilizar las tarifas como referencia, no como una obligación.
La decisión fue tomada por mayoría.
El magistrado Paúl Rueda salvó su voto y declaró el reclamo sin lugar, según se especifica en la sentencia.
Dunia Zamora, presidenta de los contadores, fue quien interpuso la acción de inconstitucionalidad, argumentando que el decreto violaba las competencias del organismo profesional.
La Ley de Creación del Colegio de Contadores Públicos, les otorga la responsabilidad de regular las tarifas mínimas.
Zamora explicó que deben velar por el cumplimiento ético de los contadores, y sancionar a los infractores.
El Colegio tiene los conocimientos técnicos para determinar el costo mínimo del ejercicio profesional, evitando la competencia desleal.
“Es el Colegio el que propone la tarifa mínima obligatoria, al ser el órgano con los conocimientos técnicos de la materia”, dijo Zamora.
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