Los magistrados de la Sala Constitucional -o Sala Cuarta- apoyaron el proyecto del marchamo digital, y rebotaron un recurso según el cual este dispositivo permitiría rastrear, y monitorear, los movimientos vehiculares, en todo el país.
Para los altos jueces, la petición del recurrente carecía de fundamentos y estaba apoyada en situaciones hipotéticas, en amenazas inciertas y de ninguna manera, podían afectar derechos fundamentales, como el de la intimidad.
Sustentados en informes técnicos, los magistrados analizaron la queja, y concluyeron que los “stickers” -con un chip de radiofrecuencia RFID- no lesionaban el artículo 24 de la Carta Magna, principal preocupación del accionante.
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