Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA
Las nuevas reglas para vender vapeadores y cigarrillos electrónicos ya no entrarán a regir el próximo 6 de agosto; un decreto ejecutivo atrasó la entrada en vigencia del reglamento, hasta el 6 de agosto de 2027.
La normativa será obligatoria para fabricantes, importadores y comerciantes de estos productos en Costa Rica; entre los requisitos, los envases y cartuchos recargables deberán tener tapas de seguridad para impedir que los niños los abran.
También deberán incluir mecanismos para recargar los dispositivos sin fugas e instrucciones de uso en español; el reglamento fija un máximo de 20 miligramos de nicotina por mililitro en líquidos de vapeo.
Además, limita el tamaño de los envases con nicotina y de las presentaciones sin nicotina; la norma prohíbe aromas atractivos, imágenes de frutas, postres, juguetes, celebridades, deportistas, influencers o personajes de ficción.
Los empaques deberán advertir que la venta es exclusiva para Costa Rica y prohibida a menores de edad; también quedará prohibida la publicidad, promoción o patrocinio de vapeadores, cigarrillos electrónicos y dispositivos similares.
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