Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA
Las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) que ganan menos de ¢122.145.000 anuales no pagarán impuesto de renta.
Esta disposición es parte de la Ley 10.392, vigente desde el 1° de enero, que promueve el alivio fiscal para Mipymes.
Para aplicar al beneficio, deben inscribirse ante el Ministerio de Comercio o el de Agricultura, cumplir obligaciones tributarias y laborales, y estar al día.
La exoneración aplica totalmente los primeros tres años; luego, pagan 25% del impuesto en el cuarto año y 50% en el sexto.
El Colegio de Contadores Públicos destacó estos beneficios, en las Jornadas de Actualización Tributaria 2024.
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