Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA
Importadores, productores, comercializadores y distribuidores de botellas plásticas, deben de implementar un plan de cumplimiento, para garantizar que esos recipientes sean de un solo uso.
Así lo dispone el Decreto 43985-S, el cual reglamenta la “Ley para combatir la contaminación por plástico y proteger el ambiente”, que comenzó a regir desde este martes 20 de agosto.
El objetivo de esta disposición, es crear una economía circular, que reduzca el desperdicio, y maximice el aprovechamiento de recursos, mediante la reutilización y el reciclaje de estos materiales.
El plan de acción será evaluado anualmente por el Ministerio de Salud, y puede ser presentado tanto por importadores y distribuidores, como por gestores autorizados y municipalidades que establezcan alianzas.
El formato, para el reporte inicial de estos planes se encuentra detallado en el Anexo I del Decreto 43985-S.
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