El gobierno firmó dos decretos con nuevas disposiciones migratorias: el primero modifica el reglamento de refugio sobre el otorgamiento de permisos laborales y el segundo, corresponde a la Categoría Especial Temporal para Personas Nacionales de Cuba, Nicaragua y Venezuela, con el fin de liberar el sistema de refugio.
Reglamento de Refugio:
- No se otorgarán permisos laborales de forma inmediata a los solicitantes.
- Oportunamente comunicarán el procedimiento interno que establecerá la institución.
- Personas con permisos, deberán inscribirse en la Caja Costarricense del Seguro Social (C.C.S.S) para lograr la renovación.
- Plazo de un mes, a partir del día de ingreso al país, para solicitar protección internacional.
- Solicitantes de refugio no podrán salir de Costa Rica, durante el proceso.
Categoría Especial Temporal para Personas Nacionales de Cuba, Nicaragua y Venezuela
- Entraría a regir el 1 de marzo 2023.
- Liberará el sistema de refugio, para resolución de estatus en menor plazo.
De las 222.056 solicitudes de refugio que recibió la Dirección General de Migración y Extranjería -desde 2018- 172.689 se encuentran sin resolver.
La institución detectó que, entre un 80 – 90% de los solicitantes no califican dentro de la definición de esta protección internacional.
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