Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA
El Tribunal Supremo de Elecciones rechazó una gestión de la diputada Pilar Cisneros sobre el levantamiento de la inmunidad del presidente Chaves.
La resolución N.° 6984-E8-2025, emitida el 16 de octubre, explicó que solo jerarcas con interés legítimo pueden formular consultas ante el TSE.
En el caso del Congreso, esa potestad recae exclusivamente en su Directorio, por lo que la solicitud de Cisneros fue declarada improcedente.
Además, el órgano electoral aclaró que las consultas no pueden referirse a casos concretos, como ocurrió en esta oportunidad.
Aunque la gestión fue rechazada, el TSE reiteró el procedimiento para investigar y sancionar la beligerancia política de funcionarios públicos.
Recordó que la Constitución garantiza la imparcialidad de las autoridades y otorga al Tribunal la potestad de juzgar estas conductas.
Las sanciones pueden incluir la destitución del cargo y la inhabilitación para ejercer funciones públicas durante al menos dos años.
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