Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA
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El Tribunal Supremo de Elecciones emitió una medida cautelar, que prohíbe a los candidatos Laura Fernández y Fabricio Alvarado hacer llamados a votar basados en símbolos o motivos religiosos.
La disposición se dictó el dieciséis de enero como parte del expediente n.° 034-2026 tras recursos de amparo electoral presentados por varios ciudadanos ante el TSE.
La medida ordena que ambos aspirantes se abstengan de manifestaciones públicas, que directa o implícitamente invoquen razones religiosas para influir en el voto.
Asimismo, el TSE extendió la prohibición a líderes religiosos, organizaciones y pastores vinculados al grupo Foro Mi País que promovieron folletos proselitistas en congregaciones.
El tribunal recordó que la Constitución prohíbe la “propaganda política por clérigos o seglares invocando motivos de religión”, y el Código Electoral sanciona el incumplimiento de sus resoluciones.
Los recurridos deberán también evitar utilizar templos, sitios de oración o ceremonias litúrgicas para inducir el voto de sus fieles.
La decisión busca garantizar la neutralidad del proceso electoral y la libertad de conciencia de los votantes, evitando la mezcla de campaña política con religión.
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