El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) informó que el presidente del Comité Olímpico Nacional (CON), Henry Núñez, fue inhabilitado dos años para ejercer cargos públicos.
La sanción responde a una acusación de beligerancia política cuando se desempeñaba como miembro del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, según lo estipula el artículo 105 constitucional.
Este artículo prohíbe a funcionarios públicos con restricción participar en actividades partidarias o mostrar parcialidad política en el ejercicio de su cargo institucional.
El TSE indicó que Núñez dejó de pertenecer al Consejo de Deportes al inicio de la actual administración, pero la sentencia se comunicó hasta este viernes.
El Comité Olímpico Nacional aclaró que la sanción no afecta sus labores actuales, pues se trata de un organismo privado independiente de la Administración Pública costarricense.
Además, señaló que Núñez no tiene interés en desempeñar cargos públicos y ha desarrollado toda su trayectoria profesional en el sector privado.
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