Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA
La Sala II de la Corte Suprema de Justicia, ratificó el despido de un trabajador, por enviar mensajes ofensivos desde una computadora del trabajo.
El tribunal determinó que no hubo violación de privacidad.
El caso surgió cuando un ejecutivo de ventas fue despedido tras ser denunciado por una compañera.
La denuncia se basó en mensajes ofensivos, encontrados en una computadora de uso compartido.
Los mensajes se encontraron abiertos en la computadora; la trabajadora imprimió la conversación como evidencia, la entregó a sus superiores, quienes procedieron con una investigación interna y el despido.
El tribunal señaló que no hubo violación de intimidad del empleado, ya que los mensajes se dejaron abiertos en un dispositivo de uso colectivo, no en uno personal.
La resolución enfatizó que utilizar herramientas del empleador ,para fines no laborales es causa de despido, según el Código de Trabajo; el trabajador intentó apelar la decisión, sin éxito.
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