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jueves, marzo 26, 2026
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Registro Nacional exige correo electrónico para inscribir nuevas sociedades mercantiles

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Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA

Desde el 4 de junio será obligatorio indicar un correo electrónico para inscribir sociedades mercantiles en el Registro Nacional; informaron oficialmente; el requisito aplica para trámites realizados mediante la plataforma TramiteYa de RACSA y la Ventanilla Digital; sin este dato, habrá defecto.

El correo electrónico servirá para notificaciones judiciales y administrativas; esta disposición se incluyó mediante reforma legal aprobada por la Asamblea Legislativa.

Las sociedades inscritas antes del 4 de junio tendrán un año para registrar su correo electrónico mediante escritura pública o acta.

Si la escritura es exclusivamente para registrar este dato, no necesitará timbres; deberá ser gestionada por un representante o apoderado.

La medida se basa en el artículo 18 inciso 10 del Código de Comercio y la ley 10.597; indicaron oficialmente.

La directriz DPJ-002-2025 fue publicada en La Gaceta número 98 el pasado 30 de mayo; fundamenta este nuevo requisito obligatorio.


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