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jueves, septiembre 3, 2026
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Impondrán fuertes multas a quienes usen vaporizadores en sitios prohibidos

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Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA

Comenzó a regir el reglamento que prohíbe el uso de vaporizadores, con nicotina, y regula su empleo en bares, discotecas, restaurantes, hoteles, centros deportivos y áreas de espectáculos.

La ley también restringe el vapeo en centros comerciales, casinos, instalaciones sanitarias, y en el lugar de trabajo, tanto en parqueos internos como externos.

A los infractores, se les impondrán fuerte sanciones, según reza la nueva normativa, qe comenzó a regir desde el pasado 9 de agosto.

“Multa del 10% de un salario base a las personas físicas, que utilicen los SEAN y/o Sistemas Similares sin Nicotina (SSSN) y/o dispositivos electrónicos que utilizan tabaco calentado y tecnologías similares en los sitios prohibidos señalados en el artículo 3 de esta Ley”, expresa la normativa.

También, se sancionará con multa del 50% de un salario base a quien ocupe el cargo de administrador, director, curador, fiduciario, apoderado y demás personas físicas con facultades de decisión.

Mary Munive, ministra de Salud, destacó que “la prioridad es velar por la salud de la población”.

La jerarca recordó a los padres, que deben estar atentos al consumo de sus hijos.


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