Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA
Imagen tomada de internet
Costa Rica celebrará el Día de la Independencia el próximo lunes 15 de setiembre, fecha oficial que no tendrá traslado.
Según la normativa vigente, los actos cívicos y desfiles escolares se realizarán el mismo 15 de setiembre, sin modificación en calendario.
En actividades comerciales, los contratos mensuales, quincenales o semanales ya incluyen el pago, por lo que no se reconoce adicional.
Si el trabajador labora ese día en comercios, corresponde pago doble: salario ordinario más monto adicional equivalente al salario sencillo.
En empresas no comerciales con pago semanal, el feriado se paga aunque no se trabaje; si se labora, corresponde doble.
Las horas extra durante el feriado se pagan a tiempo y medio, calculadas sobre el salario doble recibido durante esa jornada.
El Código de Trabajo establece que ningún trabajador puede ser obligado a laborar en feriado, salvo aceptación voluntaria correspondiente.
La negativa del empleado no puede generar sanciones, pues todos los trabajadores en Costa Rica tienen derecho al disfrute.
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