Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA
Costa Rica acumulará cuatro días feriados en agosto; celebraciones religiosas, familiares y culturales concentrarán los descansos oficiales más importantes del mes.
El 2 de agosto se conmemora la aparición de la Virgen de los Ángeles; el 15, el Día de la Madre.
También el 31 se celebra el Día de la Cultura Afrocostarricense, aunque ninguno de estos días será trasladado de fecha.
De los tres feriados, solo el 15 de agosto es de pago obligatorio; el resto aplicará reglas especiales según tipo de contrato.
Según el Código de Trabajo, nadie está obligado a trabajar en los días feriados obligatorios; no puede aplicarse sanción alguna.
Si una persona labora ese día, se le debe pagar doble salario; si hace horas extra, recibe triple pago.
Para feriados no obligatorios, quienes ganan por semana no reciben pago extra si no trabajan y uno sencillo si lo hacen.
Quienes reciben salario mensual o quincenal mantienen el pago normal; si laboran, deben recibir doble salario, aunque no sea obligatorio.
Todas las empresas, ya sean nacionales o extranjeras, deben aplicar las reglas oficiales sin excepciones ni acuerdos internos diferentes.
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