Por Redacción. Esta nota fue elaborada con asistencia de IA
La Sala Constitucional, o Sala Cuarta, declaró este lunes inconstitucionales los artículos 2, 3, 4 y 5 de la “ley jaguar”, tras una consulta realizada por el Tribunal Supremo de Elecciones.
Los magistrados electorales solicitaron revisión de la ley, debido a una iniciativa popular para someterla a referéndum.
La Sala IV encontró vicios de constitucionalidad en los artículos analizados.
“El artículo 2 resulta inconstitucional en su totalidad”, indicó la resolución, con excepciones parciales sobre el manejo de fondos públicos.
El artículo 3 también fue declarado inconstitucional, salvo en ciertos términos relacionados con la Contraloría General de la República.
“El artículo 4 resulta inconstitucional por unanimidad”, confirmó la Sala IV. El artículo 5 fue considerado inconstitucional, con excepciones limitadas.
Omitieron la revisión de los restantes cinco artículos del proyecto de ley, ya que no fueron consultados por el TSE.
La resolución fue notificada al Tribunal Supremo de Elecciones.
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